Nueva Jurisprudencia sobre la validez de la venta de acciones de compañias.

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la Magistrada GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO, ratificó el criterio jurisprudencial sostenido pacíficamente por dicha Sala y por la Sala Político Administrativa en relación al artículo 296 del Código de Comercio, relativo a que en el caso de la venta de las acciones de sociedades mercantiles, la misma no requieren ser registradas, dado que basta con su asiento en el respectivo Libro de Accionistas, les invitamos a revisar la misma en el siguiente enlace:

http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/julio/166616-807-8714-2014-13-1157.HTML

About the Author

También te pueden gustar estas