La reforma de la Ley Orgánica de Precios Justos incluyó cambios en el articulado, de acuerdo con el decreto habilitante publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014, que circuló este jueves.
El Ejecutivo incorporó cinco nuevos artículos y realizó cambios en otros 19 de la norma promulgada también vía Habilitante en noviembre de 2013.
Entre los aspectos a destacar, resalta el incremento de las penas a quienes la infrinjan y la creación de la Intendencia Nacional para la Protección del Salario del Obrero.
Sobre las sanciones, señala como agravantes de los delitos de especulación , acaparamiento reventa y contrabando de extracción, el hecho de que los bienes relacionados provengan del sistema de abastecimiento del estado o adquiridos con divisas preferenciales, por lo que se aplicará la pena de prisión al máximo límite que estable esta ley.
Otra de las modificaciones es que estipula penas de prisión de 1 a 3 años para quienes revendan productos de primera necesidad a precios superiores a los regulados.
En cuanto al contrabando de extracción, incrementa al rango de 14 a 18 años de prisión el castigo por este delito. En la anterior versión de la Ley estaba entre 10 y 14 años.
Las personas involucradas en estos delitos no podrán «ser objeto de beneficios ni en procesos judiciales, ni en el cumplimiento de la pena».
Protección del salario
El Ejecutivo incluyó en esta reforma la creación de una nueva instancia dentro de la Superintendencia: la Intendencia Nacional para la Protección del Salario del Obrero, que se encargará de recibir y tramitar las denuncias «sobre prácticas industriales o comerciales que afecten el abastecimiento o accesibilidad a bienes o servicios».
Además, acompañarán a la Sundde a las fiscalizaciones, coordinarán acciones para incorporar la opinión de los obreros a las acciones de la intendencia de costos, ganancias y precios justos.
Superintendencia con más atribuciones
Se ampliaron las atribuciones de las atribuciones de la Sundde , que pasaron de 11 a 24, entre las que se incluyen acciones administrativas internas.
Adecuación continua
Se incluyó en la reforma un artículo en el que se especifica que la adecuación de los precios deben ser «calculado de acuerdo al sistema de adecuación continua (…) el cual contará con los elementos técnicos, científicos, y humanos que se requieran».
En un próximo análisis, estudiaremos el carácter constitucional de la parte penal de la norma comentada.