Dictan normas para legalizar «libre ejercicio» de profesionales de la Salud.

En la Gaceta Oficial número 40.647 de fecha viernes 24 de abril de 2015, que circula este lunes, aparece publicada una resolución del ministerio para la Salud mediante la cual se publican las normas para regular el Proceso para la Legalización y Vigilancia del Libre Ejercicio de los Profesionales de la Salud, a través del Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria.

La resolución número 140 explica que la norma tiene como objetivo «establecer los procedimientos y métodos que van a regular la inscripción, registro, aprobación y certificación de los títulos para la legalización y vigilancia del libre ejercicio de los profesionales de la salud, así como la actualización del Sistema de Registro de acuerdo con la normativa sanitaria vigente, mediante la supervisión, vigilancia, control y regulación de los mismos».

Asimismo, se indica que el ministerio para la Salud, a través del Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria, serán los encargados de los procesos de inscripción, control, regulación y certificación de títulos de los profesionales y técnicos superiores universitarios, técnicos medios y postgrado de la salud.

En tal sentido se expresa que los profesional de la salud debe inscribirse en el Sistema de información Automatizado para la Legalización y Vigilancia del Libre Ejercicio de los Profesionales de la Salud, siguiendo las instrucciones del mismo y realizar el tipo de solicitud que corresponda a cada caso.

VER: https://www.dropbox.com/s/wnyfk9une10n0x0/Gaceta%20Oficial%20n%C3%BAmero%2040.647pdf.pdf?dl=0

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