Sobre la homologación de los regímenes de cumplimiento de las instituciones familiares.

Mediante Sentencia N° 1335, dictada el 27 de octubre de 2015, por la Sala Constitucional, bajo la ponencia de la Magistrada Doctora Carmen Zuleta de Merchán, que destaca la obligación para los jueces del sistema de protección de niños, niñas y adolescentes de homologar aquellos acuerdos suscritos por las partes respecto a los regímenes de cumplimiento de las instituciones familiares, considerando que son las mismas partes involucradas en el conflicto las que conocen sus propias circunstancias y estilos de vida, con las limitantes de que se incurre en infracción de los derechos de los niños, niñas y adolescentes de que se trate, cuando sean asuntos sobre los cuales no es posible la concilicación, cuando las partes comprometan materias no disponibles o derechos irrenunciables, o versen sobre hechos punibles, en atención a lo dispuesto en el artículo 317 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

VER: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/Octubre/182279-1335-271015-2015-15-0676.HTML

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