Competencia para el levantamiento del fuero maternal.

Mediante sentencia N° 00522 publicada el 11.05.17 la Sala Político-Administrativa, con ponencia del Magistrado Marco Antonio Medina Salas, declaró que el Poder Judicial tiene jurisdicción para conocer la solicitud de autorización para «LEVANTAR EL FUERO MATERNAL» formulada por el INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL (INDER), adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Agricultura Productiva y Tierras contra la ciudadana LAIDY VANESSA SULBARAN PEÑA, por cuanto apreció en los autos, que la aludida ciudadana es funcionaria de carrera y goza de una protección laboral por fuero maternal, correspondiendo el conocimiento del presente asunto a los Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de la Región Capital, de conformidad a lo establecido en los artículos 93 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, y 25 numeral 6 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

VER: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/spa/Mayo/198762-00522-11517-2017-2017-0170.HTML

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