Entrar al mundo digital es algo que la población de todas las edades ha hecho en algún momento de su vida, ingresar a las redes sociales, buscar algo en internet, o simplemente dejar datos personales o información pública para otros, así como haber cometido cualquier error.
Y aunque a los ojos de muchos esto resulta ser una actividad sencilla que no implica riesgos, en algunos casos, la información personal pública puede ser un arma de doble filo por lo que retirar la información de internet es el mejor camino cuando se enfrenta a situaciones como difamación o mal uso del nombre.
A nivel mundial, lo legislativo que engloba a este tema es conocido como el derecho al olvido, del cual Colombia aún tiene mucho camino por recorrer, y lo que se asemeja es la ley 266 de 2008, sobre Habeas data, siendo necesario destacar que en Colombia y menos en Venezuela no existe como tal una regulación en materia legal del derecho al olvido ni un precedente de gran magnitud, aun cuando en otros países si es considerado como un derecho fundamental de las personas, el cual va a permitir retirar de internet toda base de datos o información que vulnera derechos de autor, información que no es real o que causa daño.
Es necesario destacar que con carácter general prevalecen los derechos del interesado a que la información relativa a su persona ya no esté vinculada a su nombre por una lista de resultados obtenida tras una búsqueda a partir de su nombre. Pero también, a tenor de la misma doctrina, se ha establecido que esa regla general cede, si, por razones concretas, como el papel desempeñado por el interesado en la vida pública, la injerencia en sus derechos fundamentales está justificada por el interés preponderante del público en tener, a raíz de esa inclusión, acceso a la información de que se trate
Por ello en el mundo está tomando cada vez más fuerza la opción de eliminar el pasado de una persona en internet. Conocida como el ‘derecho al olvido’, esta posibilidad surgió en la Unión Europea dentro del marco de la Ley de Protección de Datos y vincula no solo a motores de búsqueda, sino también a redes sociales y medios de comunicación.
La Fundación para la Libertad de Prensa en Colombia (Flip) lo define como “un concepto y una discusión jurídica que se basan en un derecho fundamental, que es el derecho al habeas data”.
Aunque, a diferencia de la Unión Europea, en Colombia ni en Venezuela no existe como tal una ley del derecho al olvido, es que en Abint Abogados hemos decidido desarrollar dos servicios fundamentales:
- Mejorar la reputación online en Google: “limpiar reputación” y “salir de Google” Con nuestros servicios se puede elegir lo que aparecerá en la primera página de Google. Es decir, definir qué contenidos quierenque haya en los 10 primeros resultados de Google. Para bajar a la 2ª página de Google los contenidos que consideren como negativos, porque dañan nuestra reputación. También se puede trabajar, para que los 20 primeros resultados estén elegidos por el usuario. Y así, sólo a partir de la 3ª página de Google aparecerían las cosas que puedan perjudicar.
- Actuación judicial para conseguir el respeto al Derecho al Honor y la Privacidad, con actuaciones ante los Tribunales de la Republica orientados por el mejor del mundo el Dr. Martin Leguizamon.
Siempre es necesario destacar que “la intimidad, que es un derecho fundamental, también tiene límites”. Y en este sentido, “hay que revisar un factor importante que es el interés público” a la hora de que se eliminen contenidos publicados en internet.
Nelson Remolina, Superintendente Delegado de Protección de Datos de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), en una entrevista manifestó que estos debates usualmente los valora la Corte Constitucional. Él manifiesta que “En la SIC aún no han recibido un caso así, pero, de entrada, lo que se advierte es un tema de derechos constitucionales fundamentales (…). En internet, las situaciones se llevan más por tutelas; este es aún un tema que se está construyendo, y hay que revisar caso por caso”.
Luego de varias batallas jurídicas, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea estableció por ejemplo que el motor de búsqueda Google no está obligado a aplicar a nivel mundial el derecho al olvido. Es decir que tras ordenar la eliminación en uno de estos países, los contenidos no tienen que desindexarse en otros territorios, por ello el trabajo debe realizarse en cada región.
Es necesario destacar que este asunto también llega a las redes sociales, se debe tener en cuenta que estas plataformas son intermediarios de internet. Lo que los estándares de libertad de expresión exigen en cuanto a estas solicitudes es que las redes sociales no deberían tener responsabilidad, es decir que no deberían ser quienes toman las decisión.
Por ello les invitamos a escuchar al Dr. Martín Leguizamón el Abogado que más casos le ha ganado a Google en el mundo quien ha creído en nuestra propuesta de luchar por un mejor manejo de nuestros datos en internet en Colombia.
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