Y quien responde por el cuerpo técnico?

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El Caracas de Nelson “Chita” San Vicente de forma constante, el Estudiantes de Brignani en la actualidad, el Táchira de Cesar Farias en su mejor momento, equipos que han hecho historia y que son reconocidos con el nombre de su entrenador. Pero esos entrenadores no han llegado allí solos; en ese viaje les ha acompañado un grupo humano que ha llevado la carga junto a ellos.

Ser entrenador significa ser un guía. Aquel que conoce los misterios del amazonas y guía con su conocimiento a sus aventureros, los jugadores, para conocer la Gran Sabana. Pero para llegar hasta allí se necesitan muchas más personas.

El cuerpo técnico es el soporte vital de todo entrenador, la red de seguridad siempre fiable donde poder consultar dudas, reafirmar verdades o establecer vínculos. Ellos son los grandes olvidados en las conquistas triunfales de los equipos, pues su trabajo siempre está a la sombra del meritorio que se sienta en el banquillo.

El deporte, por si alguien no se ha dado cuenta todavía, es muy complejo. Ya no es solo el talento y la suerte, es el recorrido que debes hacer con más gente. Sinergias, empatías, delegaciones… demasiado que arriesgar si no se tiene el performance adecuado.

Ser entrenador es ser un guía, pero también es dirigir el balón tal cual mariscal de campo. La soledad del entrenador es terriblemente amarga. La cabeza bulle al terminar los partidos, intentando buscar una explicación a lo que ha sucedido en el terreno de juego, qué se hizo bien, qué mal, dónde se perdió el partido. ¿Se enfocó bien? ¿Los jugadores lo entendieron? ¿Qué podemos hacer para mejorar? Y llega un momento en el que la cabeza pide un respiro.

Es verdad que los equipos profesionales cuentan con un buen staff técnico capaz de cubrir, aparentemente, todo el espectro necesario para el control de la situación, como si el barco -ingenuos- se pudiera llevar desde los remos ignorando el timón. Ojeadores, readaptadores físicos, jefes de prensa y tantas personas más al servicio de que los jugadores golpeen con una parte de su cuerpo, excepto la mano, una pelota que introducir en la red. Todo un trabajo que será valorado por ganar o perder.

Todo técnico tiene una pieza indispensable: el cuerpo técnico. Dicen que detrás de un gran hombre siempre hay una gran mujer. Parafraseando, detrás de un gran entrenador siempre hay un gran cuerpo técnico, y no es necesario que este tenga un papel relevante. En nuestra opinión, el cuerpo técnico tiene un papel principal en su rol: aguantar al primer entrenador.

El cuerpo técnico es el paño de lágrimas, el amigo confidente, el Pepito Grillo del entrenador, el siervo que grita: “Memento mori!” cuando se consiguen victorias, ese grupo de personas que hace de enlace en lo no cuantificable con el grupo, el que sabe qué decir y cómo, el que calla cuando debe, y sobre todo el que soporta todos los soliloquios del primer entrenador.

La evolución del fútbol nos ha llevado a una realidad en la que los cuerpos técnicos preparados son una obligación ya no se puede improvisar. Hace no tanto tiempo, el entrenador era a su vez preparador físico, entrenador de porteros o psicólogo y en algunos casos hasta utilero, pero las cosas han cambiado.

Todos los cuerpos técnicos quieren trabajaren paz y cuidar su fuente de trabajo. El cuerpo técnico quiere cobrar su salario, y algunos clubes no pagan desde febrero. Deben existir objetivos a corto plazo. No debería iniciarse una temporada con las deudas viejas, con equipos que no salen y  más aun sin pensar en los que no cobran, en los débiles del juego, el cuerpo técnico.  Lo primero es cumplir los contratos y hacer respetar los salarios. Hay clubes que negociaron y cumplieron y están al día, otros no.

La FVF decidió dar por terminada la temporada de Primera y segunda División sin informar nunca cómo se va a hacer con las obligaciones pendientes. La pandemia existe y afectará económicamente a todos. Pero antes de la pandemia había equipos que tenían una deuda que no pagaban cosas, y ahora quieren licuar la deuda con la excusa del coronavirus, obviando que estamos hablando de tres tiempos:

  • Deuda antes de la pandemia.
  • Deuda causada durante la pandemia porque  hasta que no haya acuerdo o resolución los contratos siguen vigentes.
  • Obligaciones que se causaran desde que se indicó la reanudación del contrato.

Los Entrenadores profesionales en la República Bolivariana de Venezuela tienen su régimen legal general establecido en la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 4.420 de fecha 20 de diciembre de 1990, y reformada parcialmente en fecha 19 de junio de 1997, reforma debidamente publicada en la Gaceta Oficial Nº 5.152 Extraordinaria.

La normativa prevista en la mencionada ley viene a constituirse entonces en el marco jurídico general que rige las relaciones laborales surgidas a raíz de la suscripción de un contrato entre un Entrenador y una persona, sea natural o jurídica, mediante el cual áquel realiza su actividad deportiva en un plano de subordinación a cambio de una remuneración, la cual puede consistir en una contraprestación monetaria, en especie, o ambas.

El régimen legal general establecido en el ordenamiento jurídico venezolano, para este personal está establecido en el Capítulo V del Título V de la LOTTT, intitulado «Regímenes Especiales». (Artículos 302 al 314). Este capítulo se refiere a varios aspectos relacionados con el Deportista Profesional.

Artículo 302.- Los deportistas que actúen con carácter profesional, mediante una remuneración y bajo la dependencia de otra persona, empresa o entidad deportiva se considerarán trabajadores.

Igualmente serán considerados deportistas los directores técnicos, entrenadores y preparadores físicos, cuando presten sus servicios en las condiciones señaladas.

De la misma forma, la Ley equipara a todo Entrenador con el concepto legal de trabajador, en los términos establecidos en la misma ley, lo cual trae como consecuencia que, salvo las disposiciones especiales propias de su condición de profesionales del deporte, a los mismos le es aplicable todas aquellas disposiciones generales que amparan a los trabajadores y que estén estipuladas en el ordenamiento jurídico venezolano, especialmente las relativas a la protección y amparo de los derechos inherentes y que se deriven de su condición de trabajador.

Por otro lado, y en el mismo sentido de lo anteriormente expuesto, la Ley reconoce y equipara al hecho deportivo de carácter profesional con el trabajo entendido como hecho social, por lo cual será deber del Estado entonces protegerlo y enaltecerlo.

La Ley también equipara al concepto de deportista profesional expresado en la norma, a todas aquellas personas que ejerzan sus funciones o realicen sus actividades como directores técnicos, entrenadores y preparadores físicos, siempre y cuando lo hagan mediante una remuneración y bajo la dependencia de otra persona, física o jurídica.

La Ley establece un Estatuto General de Regulación del Deportista Profesional entendiendo que éste es un trabajador bajo lo establecido en la misma normativa, y reconociendo al hecho deportivo profesional como un trabajo en los términos establecidos tanto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como en la misma ley.

Dicho Estatuto General abarca fundamentalmente lo referido al Contrato de Trabajo suscrito por el deportista profesional, así como diversos aspectos inherentes a la actividad deportiva en general (cesiones, transferencias, días de descanso), ya mencionados con anterioridad.

Finalmente se debe acotar que este Estatuto General se convierte en el marco normativo de aplicación, pero no en el único, en relación a los Entrenadores, toda vez que derivado del carácter universal del deporte profesional, dicho Estatuto debe coexistir, bajo un sistema armonioso de aplicación, con las disposiciones normativas dictadas por los órganos deportivos internacionales y sus distintos instrumentos.

Y ahora, quien responde por los entrenadores y el cuerpo técnico?

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