El Derecho al olvido proporciona al interesado la posibilidad de requerir que sus datos personales “desaparezcan” de Internet.
El Derecho al olvido es el derecho de toda persona a que sean suprimidos los datos personales que hubiese facilitado para su publicación por servicios de redes sociales y de la Sociedad de la Información equivalente. Así como los datos personales facilitados por terceros y que sean:
- Inadecuados.
- Inexactos.
- No pertinentes.
- No actualizados.
- Excesivos.
El Derecho al olvido puede ejercerse ante:
- Responsable del tratamiento de los datos personales del interesado.
- Buscadores de Internet.
Constatamos en los últimos tiempos cómo los ciudadanos toman conciencia de su privacidad y de cómo hacer valer sus derechos, incluso en el aparentemente incontrolable mundo virtual. De este modo se observa que un número creciente de ciudadanos han reaccionado reclamando su ‘derecho al olvido en Internet’, invocando a los instrumentos de defensa jurídica de los que disponen mediante la solicitud de tutela de sus derechos de oposición y cancelación respecto a informaciones publicadas en Internet. En los últimos tiempos se observa un notable incremento en las reclamaciones atendidas relativas a la publicación y difusión de datos personales en páginas de Internet, redes sociales, foros y portales de vídeo.
En diversas decisiones obtenidas, en respuesta a solicitudes de ciudadanos pidiendo la cancelación de sus datos personales en páginas web y servicios de Internet, se ha resuelto instando a los responsables de los sitios web que alojan la información personal a cancelarlas. En líneas generales, la fundamentación de dichas decisiones se asienta en ausencia de criterios que permitan otorgar una prevalencia del derecho a la libertad de expresión sobre el derecho a la protección de datos.
En el criterio establecido se pone de manifiesto que, si bien las informaciones publicadas en lugares como foros de Internet, pudieran constituir una manifestación de la libertad de expresión de los particulares, la prevalencia de las libertades de expresión e información frente al derecho fundamental a la protección de datos no puede entenderse de forma absoluta.