A cualquier empleado que se le atrase su salario mensual se le causa un desequilibrio en su economía doméstica y daños colaterales a su familia.
Inicia la temporada de Futbol y muchos equipos buscan tratar de hacer olvidar que no han cumplido con sus obligaciones laborales. Esto supone un serio contratiempo para el club por diversos motivos pero, principalmente, porque puede llevarle al descenso administrativo.
Sin embargo, los verdaderamente perjudicados por esta situación son tanto los jugadores como el personal que labora en el club, quienes ven como mes tras mes el club se demora en el abono de las nóminas o, incluso, acumula varias mensualidades de impago.
Ante esta situación, las opciones que tiene el personal son, por un lado, reclamar el pago de las cantidades adeudadas y, por otro, solicitar, además de los salarios impagados, el retiro justificado y el cobro de una indemnización.
Los jugadores de fútbol, en cambio, cuentan con la posibilidad de iniciar otros procedimientos que tienen la misma finalidad pero son más ágiles. Los futbolistas también pueden solicitar la resolución de su contrato en caso de impago.
Cualquiera que sea la vía que se siga por parte de los trabajadores y/o jugadores, lo cierto es que las consecuencias para el club van mucho más allá de la condena al pago de una determinada cantidad pues, entre otros, puede declararse el descenso administrativo y la prohibición de realizar nuevos fichajes.
Normalmente el TAS ha establecido que: «El impago o el retraso en el pago de la remuneración por parte de un empleador constituye «causa justa» para la terminación del contrato (ATF 2 feb 2001, 4C.240/2000 nº 3 b aa; CAS 2003/O/540 y 541, laudo no público de 6/07/2004), ya que la obligación de pago del empresario es su principal obligación con el trabajador. Si por tanto, no cumple con esta obligación, por lo general no se puede esperar que el trabajador siga vinculado al contrato en el futuro.
El ÚNICO criterio relevante es si el incumplimiento de la obligación es tal, que hace que la confianza que una de las partes tiene en el cumplimiento futuro del contrato, se pierda.
¿Cuándo se pierde esa confianza? Entendemos que se produce cuando hay un incumplimiento sustancial de la obligación principal, como puede ser la obligación del club de pagar al trabajador.
Sin embargo, esto último sólo se aplica con dos condiciones: 1º – La cantidad pagada con retraso por el empleador no puede ser «insustancial» o completamente secundaria. 2º Un requisito previo para rescindir el contrato por retraso en el pago es el preaviso del trabajador.