Rescisión De Contratos en el Fútbol. ¿Qué Es Una ‘Causa Justa’? 

El principio de la FIFA contenido en el artículo 13 del RSTP es que, por lo general, ninguna de las partes puede rescindir unilateralmente un contrato de fútbol. Por lo tanto, solo se puede rescindir cuando (i) el contrato expira, o (ii) cuando ambas partes lo acuerdan mutuamente.

Aparte del principio general anterior, la única excepción en la que una parte puede rescindir unilateralmente un contrato sin consecuencias es cuando existe una  CAUSA JUSTA.

¿Qué es ‘Causa Justa’?

El término ‘Causa Justa’ se refiere a las excepciones o circunstancias reconocidas en el Reglamento de la FIFA y Decisiones anteriores, que pueden permitir a un club o jugador rescindir el contrato de trabajo entre ellos, sin ningún castigo o consecuencia. Cualquier rescisión unilateral fuera de una “causa justa” generaría sanciones monetarias y / o deportivas contra la parte incumplidora.

Recientemente se confirmó que una cláusula que permitía al club rescindir unilateralmente el contrato en cualquier momento y tener que pagar una indemnización no es válida, ya que esto crearía un reparto desproporcionado de los derechos de las partes en un contrato de trabajo, en gran perjuicio del jugador.

En el fútbol, la ‘causa justa’ debe implicar una razón convincente para la rescisión del contrato por cualquiera de las partes. El artículo 14 de la RSTP establece que cualquiera de las partes puede optar por rescindir un contrato sin consecuencias cuando exista una causa justa. Es importante tener en cuenta que existe una «causa justa» para los clubes, así como para los Jugadores. Sin embargo, la primera parte de este artículo se basará en la rescisión de los contratos por “causa justa” por parte de los clubes .

‘Just Cause’ de Clubs

A los clubes se les puede permitir rescindir unilateralmente el contrato de sus jugadores, solo cuando exista una ‘causa justa’. Las circunstancias habituales en las que ha surgido la cuestión de la «cláusula justa» por parte de los clubes se comentarán a continuación.

Malos resultados

En varios paises, es una práctica común que los clubes rescindan unilateralmente los contratos de los jugadores basándose en un desempeño deficiente; y usan incorrectamente la palabra “liberados” en sus declaraciones oficiales. Sin embargo, según la jurisprudencia de larga data de la FIFA, los malos resultados no pueden ser una causa justa para la rescisión del contrato de un jugador.

Es un criterio ya estableciod que la falta de rendimiento de un jugador no es una causa justa para que un club rescinda unilateralmente un contrato de trabajo.

En resumen, los clubes no están autorizados a rescindir los contratos de sus jugadores por malos resultados. Como futbolista, ya sea que realmente baje su forma durante la temporada y su club finalmente sea relegado, o si su club inventa una acusación de “bajo rendimiento” en su contra; el club no puede rescindir unilateralmente su contrato, ya que no habría una causa justa.

Como propietario o administrador de un club, es aconsejable que el club considere encontrar una manera amistosa de llegar a un acuerdo con el jugador para una rescisión mutua de su contrato cuando haya un desempeño deficiente. Alternativamente, el Club puede ofrecer al jugador a otros clubes de fútbol que puedan estar interesados en sus servicios.

  1.  Lesiones

También es importante tener en cuenta que el contrato de un jugador no puede rescindirse por la circunstancia de que el jugador se lesionó; más especialmente cuando dicha lesión fue sufrida mientras ofrecía sus servicios al club. De hecho, no importa si el período de la lesión es prolongado.

Es ampliamente conocido y aceptado que las lesiones forman parte del fútbol. Por lo tanto, es deber del club cuidar de un jugador que se lesiona mientras el jugador está bajo contrato con el club. Sería una violación del empleo si el contrato del jugador se rescinde debido a lesiones. Quedando claro que cualquier lesión del jugador que suceda en el transcurso del servicio del jugador al club, genera que el club sea responsable de cubrir el costo del tratamiento, así como los costos incurridos durante el proceso de rehabilitación.

  1.  Ausencia

La ausencia de un jugador puede constituir una «causa justa» para la rescisión de su contrato por parte del club. Sin embargo, la ausencia debe ser prolongada para que sea suficiente para constituir ‘causa justa’.

Además, sería importante establecer si se programaron partidos oficiales durante el período de ausencia del jugador. Es en circunstancias en las que tal ausencia es prolongada o se repite con tanta frecuencia que no se puede esperar razonablemente que el club tolere tal comportamiento, que el club puede proceder a rescindir unilateralmente el contrato (después de haber notificado previamente la ausencia el el jugador).

Un ejemplo reciente es el despido por parte del Sunderland Football Club, dos de sus jugadores (Papy Djilobodji y Didier Ndong) durante el transcurso de 2018. Papy Djilobodi había manifestado interés en dejar el club, por lo que tenía un acuerdo con el club para que fuera Permitido pasar el mes de julio en una licencia voluntaria sin goce de sueldo. Una vez transcurrido el período y la transferencia propuesta por el jugador se rompió, el jugador inicialmente se negó a regresar al club. Se necesitaron avisos de ausencia escritos por Sunderland al jugador antes de que el jugador finalmente reanudara. En ese momento, el jugador falló su prueba de condición física y el club rescindió su contrato por la ausencia prolongada.

Conclusión

El Reglamento de la FIFA busca garantizar que los clubes y jugadores cumplan el contrato entre ellos, al prohibir la rescisión prematura de dichos contratos. Solo cuando existe una «causa justa», dichos contratos pueden rescindirse unilateralmente antes de su expiración.

La “causa justa” para los clubes, como se mencionó anteriormente, es la más común cuando han surgido disputas. Por lo tanto, la lista anterior no se limita de ninguna manera a esos. Debe tenerse en cuenta que otras circunstancias en las que no se puede esperar razonablemente que alguna de las partes contratantes continúe con la relación laboral, probablemente serían consideradas como “causa justa” por la Cámara de Resolución de Disputas de la FIFA.

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