EXAMEN DE BUENA FE PARA EXENCION DE CULPA
Recientemente la Corte Suprema de Justicia en Colombia (CSJ-AP858-2024-(RAD.66469)), analizó la oposición de una persona quien como tercero, alegó su buena fé en un proceso de extinción de dominio y actualizó los requisitos para acreditar esa condición.
Estableciendo que, el alegante debe probar:
Diligencia extrema en la verificación del origen del bien, esto es, asegurarse de que el bien no proviene de actividades ilícitas.
Una conciencia honesta y leal, de que el bien fue adquirirdo de manera legitima, al punto de que un individuo prudente habría desconocido el rigen ilícito (no basta solo probar el error)
Adopción de medidas especiales de cuidado (inversión de la carga de la prueba)