LAS ACTAS DE UNION ESTABLE DE HECHO EN VENEZUELA.

La sala de casación civil del Tribunal Supremo de Justicia, en decisión 437 del 25 de julio de 2024, estableció que:

Las actas de manifestación de uniones estables de hecho, que sean expedidas por el Registrador Publico competente, permiten acreditar por si solas el vinculo entre los declarantes de la unión.
Dicha acta constituye plena prueba del estado civil de las personas.
Siendo los únicos medios de impugnación contra dicho documento, la tacha de falsedad por vía principal o incidental y/o mediante el procedimiento ordinario por acción de nulidad.

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